¿Qué es la Rabia?
La rabia es una enfermedad mortal que afecta a los animales y al hombre. Es causada por un virus (rhabdovirus) que ataca el sistema nervioso.
¿Cómo se contagia la Rabia?
El virus de la rabia se contagia a través de la mordedura de un animal rabioso a un animal sano.
Antecede
El tiempo que transcurre desde la agresión al ganado por un vampiro enfermo de rabia, hasta que aparecen los primeros signos de la enfermedad, se denomina periodo de incubación, el cual tiene un promedio de 30 a 60 días; posteriormente inician las primeras manifestaciones neurológicas de la enfermedad en un periodo aproximado de 10 días, presentando en la mayoría de los casos inquietud, disminución en el consumo de alimento y agua, ojos vidriosos o midriasis, aislamiento, salivación excesiva, puede haber agresividad, dificultad para defecar (pujo), incoordinación, parálisis de las patas traseras (posición de “perro sentado”), postración de lado, movimientos de “carrera”, parálisis de los músculos respiratorios y finalmente sobreviene la muerte. ¡Puede ser rabia!
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Generalidades
La rabia, puede ser trasmitida por murciélagos hematófagos conocidos comúnmente como vampiros, del género Desmodus rotundus, es un problema de salud animal y pública en la zona endémica de esta especie en Chihuahua, como son las barrancas de los municipios de Uruachi, Chínipas, Guazapares, Urique, Batopilas, Morelos, Moris, Guachochi y Guadalupe y Calvo. Por lo tanto es de interés y compromiso de las autoridades sanitarias y propietarios de ganado bovino, equino, ovino, caprino, entre otros, proteger a sus animales mediante la vacunación y la notificación oportuna de los casos y sospechas de rabia en los animales, así como la implementación de las técnicas de control de vampiros en sus comunidades; para lograr la disminución de casos de rabia en los animales y evitar a toda costa la presentación de casos de rabia en el humano.
Objetivos de Campaña
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Implementar y operar las estrategias y técnicas para diagnosticar, prevenir y controlar la rabia transmitida por vampiros del género Desmodus rotundus a las especies ganaderas en riesgo del estado de Chihuahua.
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Fomentar la vacunación en la población bovina, ovina, caprina y equina en las zonas endémicas del Murciélago Hematófago.
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Estimular la notificación de los casos sospechosos a rabia, así como su confirmación mediante diagnóstico de laboratorio.
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Promover y supervisar la capacitación a Médicos Veterinarios zootecnistas, técnicos de la Campaña y productores, como promotores en la prevención y control de la rabia paralitica.
Distribucón Geográfica del Muerciélago Hematófogo (Desmodus rotundus) en Chihuahua.
El murciélago hematófago se localiza principalmente en las regiones tropicales y subtropicales, habitando en huecos de árboles, grutas, túneles, minas, casas abandonadas y otros más, tiene preferencia por cavernas con una humedad superior al 50% y con una temperatura entre 20 y 23º C.; en cuanto oscurece este murciélago sale de su refugio y recorre distancias dentro de un radio de 14 a 20 km. en busca de su alimento. Como se mencionó en el estado de Chihuahua la zona endémica del murciélago hematófago comprende los municipios de Uruachi, Chínipas, Guazapares, Urique, Batopilas, Morelos, Moris, Guachochi y Guadalupe y Calvo, en esta zona de la entidad, existen las condiciones propicias de microclima para el desarrollo y supervivencia de este murciélago.
Situación Zoosanitaria de la Rabia Paralitica transmitida por murciélago hematófogo.
Debido a las condiciones topográficas y orográficas del Estado, las características de la enfermedad, así como del murciélago hematófago transmisor de la rabia a bovinos y especies ganaderas, en la actualidad puede considerarse en fase de control en el estado.
Normatividad
El 20 de mayo de 2011, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana, NOM-067-ZOO-2007. “Campaña nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas”. (NOM-067)Es importante mencionar que la SAGARPA, basaba parte de las actividades zoosanitarias para combatir esta enfermedad, en la NOM-011-SSA2-1993. “Para la prevención y control de la rabia” de la Secretaría de Salud; esta publicación viene a cubrir la necesidad de contar con el marco legal que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria requiere para cumplir con los objetivos y metas y refrendar la misión que este organismo tiene en la preservación de la salud animal y la inocuidad de los alimentos de origen agropecuario. La Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objeto, establecer las especificaciones zoosanitarias, criterios, estrategias y técnicas operativas para diagnosticar, prevenir y controlar la rabia transmitida por vampiros del género Desmodus rotundus a las especies ganaderas en riesgo.
Esta regulación aplica a los propietarios de bovinos y especies ganaderas en riesgo tales como equinos, ovinos, caprinos y porcinos, así como a laboratorios que produzcan y comercialicen vacuna antirrábica, laboratorios autorizados en el diagnóstico zoosanitario, médicos veterinarios responsables autorizados, transportistas de ganado y Organismos Auxiliares de Salud Animal. De acuerdo a la Norma, la Campaña se orienta al diagnóstico, prevención y el control de la rabia transmitida por vampiros a los bovinos y especies ganaderas, mediante la vacunación antirrábica del ganado susceptible y el control de las poblaciones de vampiros. La vigilancia de esta Norma corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, los Gobiernos Estatales, Organismos Auxiliares de Sanidad Animal y los Comités Estatales de Fomento y Protección Pecuaria, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales, de conformidad con los acuerdos de coordinación respectivos. La aplicación de las disposiciones previstas en esta Norma, compete a la Dirección General de Salud Animal, así como a las Delegaciones Estatales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales.